El Juzgado de lo Social de Ciudad Real y en concreto la Jueza que lleva el caso; ha dado la razón a la trabajadora al considerar que se trata de enfermedad profesional el contagio, que se produjo en 2015 en el Hospital de Valdepeñas en el desempeño de su función en el servicio de radiodiagnóstico donde trabajaba.
Según el abogado de la demandante, esta había estado en contacto con dos pacientes con tuberculosis, enfermedad desconocida por la trabajadora, por lo que no se pudieron adoptar los medios preventivos para evitarlo, por lo cual interpuso una demanda.
Esta prosperó y la juez, ha dictado una sentencia en la que se dicta sentencia declarando que la contingencia determinante del proceso de incapacidad temporal padecido por la demandante en diciembre de 2015 es Una Enfermedad Profesional.
Revocando, así, la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, quien había declarado la enfermedad derivada de contingencias comunes.
La demanda se interpuso contra el Instituto Nacional de Seguridad Social, la Tesorería General del Estado, la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional Solimat y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
La celadora paso por varios ingresos hospitalarios en los que tuvo sendos diagnósticos desde diciembre de 2015 y comienzos de 2016. Pasando desde un simple síndrome catarral a una meningitis bacilar. Hasta que se llegó a una tuberculosis diseminada (meníngea, intestinal y miliar) lo que le generó problemas físicos importantes, ya que seguía con sintomatología no tratada.
Fuentes: latribunadeciudadreal.es
https://prevention-world.com/actualidad/noticias/condena-sescam-por-celadora-contrajo-tuberculosis/