El caso resuelto por el TSJCM es el de una trabajadora que se hizo daño al levantar a un paciente que se había caído en el baño.
Según explican desde UGT, Mutua e INSS lo consideraron como contingencia común, en base a signos degenerativos del hombro. En resumen culpando a la trabajadora de los daños sufridos; asumiendo la trabajadora el descuento retributivo en los 20 primeros días de la baja, al no considerarse accidente de trabajo.
La trabajadora considerando en todo momento que su lesión debía ser considerada como accidente de trabajo, ha tenido que acudir a buscar el amparo de la Justicia, tal y como ha sucedido en anteriores ocasiones, recalca el sindicato en un comunicado.
Nuevamente la Justicia da la razón a otra trabajadora, en base a que la Jurisprudencia establece que “tienen la consideración de accidente de trabajo las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente” estableciendo que su lesión debe ser considerada como accidente de trabajo y por tanto percibir durante la baja el 100% de sus retribuciones, no aplicando por tanto los descuentos salariales en caso de la consideración de Enfermedad Común.
«Desde FeSP UGT valoramos satisfactoriamente el pronunciamiento de la Sentencia, dando la razón a la trabajadora, en contra de lo que pretendía el INSS, la TGSS y la Mutua SOLIMAT», aseguran.
FeSP UGT solicita que todas las bajas de los Empleados Públicos de La Junta de Castilla la Mancha y el SESCAM, ya sean las derivadas de contingencia común, como las derivadas por contingencia profesional o accidente de trabajo, «sean gestionadas por medios propios: Médicos de Cabecera, Médicos Especialistas,…..Y se elimine a la Mutua, que tantos problemas nos está trayendo».
FeSP UGT pide que se aplique ya en CLM el acuerdo firmando a nivel estatal y se eliminen los descuentos salariales del 50% en los tres primeros días de baja y del 25% en los días cuarto al vigésimo, en los procesos comunes. “Los profesionales no se dan de baja por gusto” y no puede castigarse por más tiempo con pérdida económica en estas bajas”
E insta a las distintas Administraciones Públicas de nuestro ámbito a una adecuada evaluación de riesgos laborales: cargas físicas, psíquicas,…..que garanticen que el número de trabajadores está en directa relación con los trabajos que se deben realizar, nunca por debajo.
Fuentes: el día digital.es
https://eldiadigital.es/art/300030/el-tsjcm-declara-una-lesion-de-una-auxiliar-como-accidente-de-trabajo