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  • 31 mayo 2021

Reconocimiento de los psicólogos, pedagogos y psicopedagogos como orientadores de centros concertados de Educación Especial

El Sector de Enseñanza de UGT Servicios Públicos ha puesto en marcha una campaña para exigir que los psicólogos/pedagogos y psicopedagogos de los centros concertados de Educación Especial sean reconocidos como orientadores educativos en el XVI Convenio colectivo de Atención a personas con discapacidad, que ya ha empezado a negociarse.

El convenio vigente únicamente contempla la figura del psicólogo. La creación de la categoría del orientador educativo permitiría al colectivo dar carta de naturaleza a un trabajo que ya están realizando en la práctica diaria a la hora de elaborar documentos oficiales como los informes de evaluación psicopedagógica o los dictámenes de escolarización, que son competencia de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de los centros de Educación Especial.

Además de poder firmar determinados documentos oficiales, les permitiría acceder a los sistemas de gestión educativa integral de las distintas comunidades autónomas, así como ejercer las funciones de orientador educativo en Educación Especial.

La figura del orientador educativo ya existe en los centros públicos de Educación Especial, por lo que la nueva figura laboral les permitiría equipararse con estos profesionales de la red pública.

UGT Servicios Públicos defiende igualmente el reconocimiento de los orientadores educativos como personal docente en pago delegado, lo que implica que es la Administración la que abona directamente cada mes las retribuciones, en vez de la empresa correspondiente.

UGT ya defendió la inclusión y reconocimiento de esta figura en la negociación del VII Convenio colectivo de la Enseñanza Concertada, y ahora hará lo mismo para el XVI Convenio de atención a la discapacidad.

De la misma manera, seremos exigentes con el Ministerio de Educación y Formación Profesional para que en la negociación del futuro Real Decreto de conciertos educativos incluya a los orientadores educativos, así como al resto de figuras profesionales de la Enseñanza Concertada, tanto especial como ordinaria, en el lugar que les corresponde, y en todo caso con pago delegado.

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